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El aborto es legal en Aguascalientes

Se reformaron los artículos 101, 102 y 103 y el párrafo cuarto del artículo 196 del Código Penal

SILVIA ORTIZ BRISEÑO

Los 27 diputados del Congreso del Estado cumplieron el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y aprobaron la despenalización del aborto en Aguascalientes.

En sesión privada, se llevó a cabo la resolución mediante una votación por cédula, “por lo cual no se sabe quiénes votaron en un sentido, ya sea a favor o en contra, al final de cuentas en el recuento de los votos se cumplió con lo que mandataba la SCJN”, así lo dio a conocer el diputado Jaime González de León, presidente de la mesa directiva.

Si bien, mencionó que la votación no fue unánime, sí hubo mayoría de los que estaban a favor de acatar la sentencia, “más allá de la forma lo importante es el fondo y lo que se tenía que cumplir se acató, nadie podrá saber quién votó en qué sentido, ya que fue un acuerdo entre los diputados”, dijo.

Explicó que el decreto señala en su artículo 1 que se reforman los artículos 101, 102 y 103 y el párrafo cuarto del artículo 196 del Código Penal para el estado de Aguascalientes, quedando en los siguientes términos: Artículo 101 aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación, para los efectos de este Código el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio al responsable de abortos se le aplicarán de 6 meses a un año de prisión y el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, si la mujer o persona gestante únicamente interviene otorgando el consentimiento para que otro realice el aborto en su persona se le aplicarán de 1 a 3 años de prisión y de 40 a 80 días de multa.

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2023-12-15T08:00:00.0000000Z

2023-12-15T08:00:00.0000000Z

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