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¿Existe el derecho familiar en México?

Últimas obras que he elaborado en esta materia, hoy voy a comentar a lo que se refiere al Código Civil Federal, el cual ha sido revisado, actualizado y acotado porque quien esto escribe.

Julián Güitrón

Recientemente, de las

La sexta edición correspondiente a esta materia ha sido puesta en el comercio por la editorial Porrúa. Lo trascendente y es donde quisiéramos llamar la atención de nuestros distinguidos y cultos lectores es a una respuesta al título de este artículo.

Categóricamente afirmamos y probamos que el Derecho Familiar Federal no existe en la República Mexicana. Cada una de las 32 entidades federativas tienen sus propios códigos civiles, con sus normas de Derecho Familiar, y en otros casos como los ocho estados de la República, empezando por el de Hidalgo que es de 1983 tienen también Código Familiar; cada uno tiene sus propias normas; en una palabra encontraríamos, verbigracia en el matrimonio 32 formas, requisitos, edades, que exigen en cada entidad de la a la z para celebrar el matrimonio; y lo mismo ocurre con el divorcio; la patria potestad; la guarda y custodia; los regímenes económicos, sociedad conyugal y separación de bienes y el mixto; el concubinato; la sociedad de convivencia; los impedimentos para contraer matrimonio; el patrimonio familiar y también por supuesto, materia local, la sucesión legítima y testamentaria, para hablar de la clase de testamentos, por ejemplo en la Ciudad de México existe sólo el público abierto, pero en las otras entidades encontramos que en algunas hay siete y en otras ocho clases de testamento, que son por ejemplo el marítimo, el privado, el ológrafo y otros.

La esencia de esta columna hoy es ratificar que lo que se refiere al Derecho Familiar concretamente en este Código Civil Federal, que además recibió ese nombre a partir del 28 de mayo del año 2000, cuando se autorizó a que la Ciudad de México que se llamaba entonces Distrito Federal, tuviera su propia legislación civil, lo que dejó sin efecto ni donde aplicar el Código Civil Federal, porque ya no hay en el país territorios federales; como una curiosidad habría que subrayar que el último fue el reclusorio Islas Marías que hoy es un centro cultural.

Este código habla del divorcio, y curiosamente, me voy a detener un momento, éste al hablar del divorcio, sólo como una muestra, en el artículo 267 tiene en números romanos del uno al veinte; y en algunos hay dos o tres causales, los que nos dan 50 causales para divorciarse, y no hay dónde invocarlas; porque en la misma forma, si evocamos el Código Civil como ejemplo, sólo el de la Ciudad de México, que este tiene sus propias normas, vamos a salir con la novedad, se los voy a dejar muy claro, que el divorcio en el Código Civil para la Ciudad de México, que como dije entró en vigor el 1 de junio del año 2000, por eso se le conoce como Código Civil para la Ciudad de México del siglo XXI, tenemos, escogí el tema del divorcio para que ustedes tengan una apreciación más correcta de esto; ¿Cómo regula el Código Civil para la Ciudad de México el divorcio? Fijarse bien, del otro hablamos que tiene 50 causales, el Código Civil para la Ciudad de México dice textualmente lo siguiente: “Artículo 266. El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro. Podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges cuando cualquiera de ellos lo reclame ante la autoridad judicial manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita”. Este es el divorcio incausado; que algunos llaman fast track y otros dicen que es simplemente una solicitud y no una demanda. ¿Y qué ocurrió con el otro, el que está en el Código Civil Federal? Que fue, que tuvo vigencia cuando había territorios federales, el siglo antepasado, 1870, 1884, el código de 1928, pero no hoy en el siglo XXI; y así podría yo enumerar otras cuestiones del Código Civil Federal que no tiene aplicación en ninguna parte de la República.

Análisis

es-mx

2022-07-04T07:00:00.0000000Z

2022-07-04T07:00:00.0000000Z

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