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Autogobierno como etnia, complicado

Genera planteamiento claroscuros en la ley, y desde la perspectiva de soberanía y seguridad, despierta varias cuestiones legales y políticas inéditas en todo México

La figura de comunidades equiparables a la que apelan no está reglamentada en legislación y existe ambigüedad en su aplicabilidad. Especialistas consideran que su estatus legal es más cercano al de los menonitas que al de un pueblo originario, es decir, se rigen completamente bajo las leyes mexicanas como ciudadanos de este país, pero con particularidades culturales

Derivado de la reciente petición de la comunidad LeBarón de constituirse como un grupo étnico y así erigir un autogobierno, expertos consultados por esta casa editora coincidieron en la inviabilidad de su justificación legal para convertirse en grupo étnico.

Lo anterior, a diferencia del pueblo rarámuri, que sí tiene derecho a definir su organización política y social bajo usos y costumbres. Aun apelando al concepto legal de “comunidad equiparable”, la comunidad LeBarón no puede acceder a un autogobierno, coincidieron abogados de la Comisión Estatal para los Pueblos Indígenas (Coepi). Rubén Tarango, profesor en derecho indígena por la Uach, consideró que su estatus legal es más cercano al de los menonitas, completamente bajo las leyes mexicanas como ciudadanos de este país, pero con particularidades culturales al interior de sus comunidades.

El planteamiento genera claroscuros legales, observaron desde la Coepi, mientras desde la perspectiva de soberanía y seguridad, la propuesta despierta cuestiones legales y políticas inauditas en México, agregó la maestra Guadalupe CorreaCabrera, profesora de ciencias políticas en George Mason University.

RARÁMURIS, MENONITAS Y COMUNIDADES EQUIPARABLES

Los menonitas se rigen bajo las leyes mexicanas, sin contar con un gobierno acorde a sus tradiciones, compartió el maestro en derecho indígena, Rubén Tarango Mancinas. A su consideración, la comunidad menonita debería ser considerada solo un grupo religioso y cultural. “Conforme la legislación, son mexicanos y se comportan como tal”.

Por otro lado, el pueblo rarámuri, cuenta con sus propios sistemas de usos y costumbres, pero ninguna comunidad conforma un autogobierno legalmente constituido, explicó un funcionario de la Coepi entrevistado por este medio. Indicó que un autogobierno formal implica entregar recursos para administrar las estructuras de autogobierno, al igual que salir del sistema jurídico mexicano.

El artículo 2 de la Constitución Mexicana establece la figura de comunidades equiparables, la cual se caracteriza por ser distinta a la de los pueblos indígenas, pero no está reglamentada en alguna legislación secundaria y, asimismo, existe ambigüedad en cuanto a su aplicabilidad, explicó un funcionario de la Coepi, quien prefirió reservar su nombre por ser un asunto políticamente sensible.

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2021-10-24T07:00:00.0000000Z

2021-10-24T07:00:00.0000000Z

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